24 abril 2024
Griñón

El nuevo sistema de pago de tributos en Griñón rebaja de los impuestos en el municipio

El pleno del Ayuntamiento de Griñón aprobó, el pasado 1 de julio, una modificación de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección de Tributos, que consiste en la aprobación de un Sistema Especial de Pagos de cuatro tributos locales, que además, contribuye, de manera importante a una rebaja de los impuestos en la localidad.

  • IBI
  • IVTM
  • Tasa por la entrada de vehículos a través de las aceras
  • Tasa por el mantenimiento integral de zonas industriales.

El punto fue aprobado con el voto favorable de todos los partidos y la abstención de VOX y PSOE. La rebaja de impuestos supondrá un importe máximo de 100.000 euros que se quedaran en el bolsillo de los griñonenses.

¿Cómo funciona?

El nuevo sistema permite que los contribuyentes que lo deseen podrán unificar el pago de estos cuatro tributos periódicos de devengo anual (o de los que sean sujetos pasivos, por ejemplo, si solo tienen vivienda-IBI y vehículo-IVTM, también es válido) mediante un calendario de pagos que podrá ser elegido entre tres opciones: 2, 4 o 9, a lo largo del año al que correspondan dichos tributos.

¿Qué beneficios obtengo?

Además de facilitar el pago mediante este sistema, se verán beneficiados de una rebaja en todos estos tributos de un 5% del total a pagar.

¿Requisitos para acogerse al nuevo sistema de pago?

Para acogerse a este sistema será necesario:

  • a) Que se formule la oportuna solicitud en el impreso y a través de los medios que a estos efectos se establezcan.
  • b) Que se domicilie el pago en una entidad financiera.
  • c) Que la solicitud la realice el titular de la cuenta en que se domicilie el pago.
  • d) Que los datos del titular aparezcan en el padrón del ejercicio anterior.

Las solicitudes de acogimiento al SEP se presentarán, mediante impreso, en el Registro General del Ayuntamiento de Griñón para el ejercicio 2022 hasta el 30 de noviembre de 2021. Para ejercicios posteriores hasta el 31 de agosto del año anterior al solicitado.

¿Cuándo puedo inscribirme al sistema especial de pago?

Se podrá inscribir una vez entre en vigor la modificación de la ordenanza (aproximadamente en el plazo de un mes, en ese momento se comunicará desde el ayuntamiento para conocimiento de todos los vecinos).

¿Si me inscribo en el sistema especial de pago, cuándo tendría que pagar los impuestos?

Las opciones son:

  • a) En dos plazos, cuyos pagos se realizarán el 20 de mayo y el 20 de octubre.
  • b) En cuatro plazos trimestrales, cuyos pagos se realizarán el 20 de febrero, el 20 de abril, el 20 de julio y el 20 de octubre.
  • c) En nueve plazos mensuales consecutivos, siendo el primero el 20 de febrero.

El importe mínimo de cada plazo no podrá ser inferior a 20 €, y en todo caso, el 20 de noviembre se pasará al cobro la cantidad resultante de la diferencia entre el importe de las liquidaciones acogidas al Sistema Especial de Pago correspondientes al ejercicio vigente y las cantidades entregadas a cuenta, una vez aplicada la bonificación.